domingo, 29 de octubre de 2017

PROTOCOLO DE VIRTUALIDAD PARA LA PRESENTACIÓN ORAL Y PÚBLICA



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR

VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO


RESOLUCIÓN CONSEJO UNIVERSITARIO N°. 2015.424.933 de fecha 08072015


PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE PRESENTACIÓN ORAL Y PÚBLICA
EN LÍNEA DE PRODUCTOS ACADÉMICOS E INVESTIGATIVOS DE
POSTGRADO (PROYECTOS, TRABAJOS DE GRADO DE ESPECIALIZACIÓN, TRABAJOS DE GRADO DE GRADO Y TESIS DOCTORAL)

La Universidad Pedagógica Experimental Libertador en sintonía con las demandas actuales de una sociedad donde los espacios de comunicación se hacen cada vez más variados y el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) nos permiten acercarnos y propiciar diversas formas de presencialidad, donde las y los investigadores (docentes y estudiantes) pueden compartir experiencias y propiciar la construcción colectiva de saberes de manera síncrona, independientemente del lugar donde se encuentren los actores fundamentales, presenta el siguiente protocolo de actuación que permite normar las presentaciones orales y públicas de los productos investigativos que requieren de la participación activa de un jurado examinador, mediante el uso de las TIC.

Se entienden como actores fundamentales en las presentaciones orales y públicas al tutoreado o tutoreada, tesista, tutor o tutora, o los miembros del jurado. Se considera que cualquiera de ellos podría hacer uso de la presencialidad asistida mediante TIC, mejor conocida como presencialidad virtual, siempre y cuando se pueda garantizar: 1) que el acto sea público y como tal se ofrezca la información oportuna a la comunidad universitaria para que se permita la asistencia de todos los interesados al espacio físico previsto como centro de reunión de la mayoría de los actores fundamentales al acto de presentación. 2) Que todos los actores fundamentales puedan participar activamente en la presentación oral y pública la cual deberá ser desarrollada como actividad de participación síncrona.

La Universidad Pedagógica Experimental Libertador ha de estar cónsona con el transcurrir y uso de géneros virtuales que permitan ejecutar el trabajo con más precisión y, a su vez, acortar las distancias entre los usuarios que aprenden a través del campo virtual. Es por ello necesario plantear los retos en el universo académico con los avances tecnológicos y los cambios sustanciales en el ser y el actuar humanos en esta época digital. Las implicaciones de un derecho virtual son prodigiosas para todas las áreas del conocimiento. Una de las ficciones inmediatas está en la comprensión, interpretación y garantías emergentes, ante la oportunidad de presentar un proyecto, trabajo de grado de Especialización, un trabajo de grado de maestría o tesis doctoral, sin desconocer las paradojas causadas por esta reconfiguración de la realidad social del participante de postgrado.
A raíz de lo anteriormente expuesto, se desea configurar ese derecho virtual del participante de postgrado para presentar su producto académico, con apoyo de procesos de virtualidad, con el apoyo de las TIC. Para ello, es importante direccionar tal derecho según los siguientes requerimientos:

1. El participante deberá solicitar por escrito la intención de utilizar medios virtuales para concretar aspectos de su presentación oral y pública, señalando en el momento de inscribir su producto académico de postgrado o con un mínimo de veinte (20) días de antelación a la presentación del proyecto, trabajo de grado o tesis doctoral, las razones por las cuales aspira hacer uso de este derecho y las condiciones particulares en las cuales se aspira desarrollar el acto público con la mediación de las TIC.
2. El participante, tutor (a) y jurado examinador en pleno deberán justificar y refrendar por escrito la solicitud de la presentación con utilización de medios virtuales del producto académico (proyecto, trabajo de grado o tesis doctoral).
3. En caso que el participante, tutor o jurado estén en el exterior deben agregar dicha justificación la documentación respectiva (en este caso, copia pasaporte donde se observe salida del país y llegada al otro país).
4. La justificación por escrito debe ser notificada a la Coordinación General de Estudios de Postgrado (CGEP).
5. Luego, la CGEP remitirá la solicitud ante la Subdirección de Investigación y Postgrado para dar a conocer al Consejo Directivo y autorizar la sustentación oral del producto académico de postgrado en la virtualidad.
6. Con base a lo normado en el Reglamento de Estudios de Postgrado vigente, el coordinador del jurado en conjunto con el coordinador del programa de postgrado, propondrán el espacio físico académico y equipo técnico para la sustentación pública y oral del producto académico respectivo.
7. Se solicitará a apoyo técnico de la unidad de Informática Institucional la instalación de equipos en el lugar académico y hora prevista para la sustentación oral y pública del producto académico de postgrado, garantizando la interacción virtual y síncrona.
8. El participante deberá enviar con tres días hábiles de anticipación la presentación electrónica a todos los miembros del jurado del producto académico.
9. La presentación oral y pública del producto académico de postgrado se ejecutará en la hora legal de Venezuela y en horario académico administrativo institucional.
10. El equipo técnico de la Unidad de Informática de la institución hará la conexión de prueba de equipos y diagnóstico de conectividad con 24 horas de antelación. El actor fundamental que hará uso de la presencialidad asistida por TIC (modalidad virtual) deberá conectarse en la hora legal previamente convenida, para desarrollar las pruebas pertinentes que permitan atender cualquier falla con anterioridad.
11. El tiempo para la presentación virtual del producto académico de posgrado deberá ajustarse a lo contemplado en el Reglamento de Estudios de Postgrado vigente.
12. En caso de pérdida de conectividad, se suspenderá provisionalmente la presentación oral y pública, hasta lograr restablecerla, siempre y cuando no se exceda del horario laboral de la Institución. Si no se logra la conectividad, la exposición virtual se diferirá para nueva fecha de común acuerdo entre el jurado evaluador y el participante.
13. En el caso de pérdida de conectividad, el participante podría grabar con anticipación un video, en una herramienta que se utilice para tal fin, y subirla en la plataforma institucional a objeto de dejar constancia de la presentación oral. Dicha presentación podrá ser observada y evaluada por el jurado instalado.
14. En caso de que algún miembro del jurado sea quien esté fuera del espacio físico asumido como lugar oficial para la presentación oral y pública, se redactará el acta de cierre con el veredicto final del jurado evaluador, se imprimirá una de manera provisional entre el resto del jurado asistente y se enviará la misma vía correo electrónica (en formato pdf) para que la persona que esté fuera del lugar imprima el número de ejemplares establecido, los firme y los envíe a la Institución en un lapso no mayor de tres (3) días hábiles, para que se puedan completar los trámites administrativos para la solicitud del grado académico correspondiente. De igual forma puede contemplarse para la elaboración del acta el protocolo para las firmas electrónicas.

15. Lo no previsto en el presente protocolo, ni en el Reglamento de Estudios de Postgrado (2008), deberá ser resuelto por el Consejo Universitario.